- Ley
- Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
- Artículo
- 47
Artículo 47 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Fondo es como una alcancía para apoyar el deporte en la ciudad. Se llena con dinero que aportan las dependencias del gobierno, como secretarías, y también las alcaldías de la Ciudad de México. Además, cualquier persona o institución que quiera ayudar a fomentar el deporte puede meter dinero a esa alcancía. Todo lo que se junte se usa exclusivamente para promover actividades deportivas en toda la ciudad.
Texto oficial
Artículo 47. El Fondo podrá constituirse con aportaciones que realicen las Dependencias, los órganos político-administrativos de cada una de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y, en general, con las de aquel que lo haga para fomentar las acciones destinadas al impulso de las prácticas deportivas en la ciudad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.