- Ley
- Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
- Artículo
- 48
Artículo 48 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a buscar que más personas o empresas, ya sean de México o de otro país, le donen dinero, cosas materiales o le dejen herencias para aumentar el dinero del Fondo. También va a aceptar apoyos del gobierno llamados "subsidios", que son como una ayuda económica. Todo esto es para que el Fondo crezca y tenga más recursos para lo que se necesita.
Texto oficial
Artículo 48. El Instituto promoverá el incremento del patrimonio del Fondo con donaciones de recursos, financieros y materiales, subsidios y legados que personas física o moral, nacional o extranjera aporten.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.