- Ley
- Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
- Artículo
- 57
Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Educacion Fisica y Deporte del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todos los lugares donde se haga deporte, como gimnasios o canchas, deben tener entradas, salidas y espacios especiales para que las personas con discapacidad también puedan hacer ejercicio sin problemas. Esas adaptaciones tienen que seguir las reglas que ya están escritas en los Lineamientos de Operación y Uso.
Texto oficial
Artículo 57. Las Instalaciones Deportivas deberán contar con accesos y espacios destinados a facilitar la práctica de la cultura física y el deporte adaptados, sujetándose a los Lineamientos de Operación y Uso. T R A N S I T O R I O S PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil once.- SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.- MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, MARIO M. DELGADO CARRILLO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL, ELÍAS MIGUEL MORENO BRIZUELA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, MANUEL MONDRAGÓN Y KALB.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, MARTÍ BATRES GUADARRAMA.- FIRMA. En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil once.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.-EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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