Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a Recibir Información para la Prevención de Enfermedades Bucodentales, además de un Paquete de Salud Bucodental por Ciclo Escolar para todos los Alumnos Residentes e Inscritos en Escuelas Públicas de los Niveles Preescolar y Primaria en la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo dice que el objetivo de esta nueva regla es organizar y aplicar mejor una ley que ya existe, la cual te da derecho a recibir información para cuidar tus dientes y encías. Además, asegura que todos los niños que vivan en la Ciudad de México y estén inscritos en escuelas públicas de preescolar y primaria reciban un Paquete de Salud Bucodental (que incluye cosas como cepillo, pasta y revisión dental) cada año escolar. Esta regla es obligatoria para todos y se hizo para beneficiar a la sociedad en general.
- Art. 2La Secretaría es la que se encarga de aplicar esta ley y las reglas que vienen en este Reglamento. Para hacerlo, va a pedir ayuda a otras oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como dependencias, entidades u órganos, pero cada una haciendo lo que le toca según sus funciones.
- Art. 3Este artículo define los términos clave que se usan en este reglamento. Por ejemplo, "Derechohabiente" se refiere a los alumnos de preescolar y primaria de escuelas públicas en la Ciudad de México, así como a los niños en estancias infantiles del gobierno o en centros de educación especial como los CAM's y USAER. El "Paquete de Salud Bucodental" es un kit que incluye una pasta dental con flúor (según la edad), un cepillo de cerdas suaves y un manual de hábitos saludables. Las "Delegaciones" son las oficinas del gobierno que administran cada zona de la Ciudad de México. La "Secretaría" es la dependencia encargada de aplicar esta ley, y el "Padrón" es la lista oficial con los datos de todos los alumnos que tienen derecho a recibir este beneficio.
- Art. 4La Secretaría de Desarrollo Social (ahora llamada Secretaría de Bienestar) es la encargada de hacer que esta ley y su reglamento se cumplan. Esto incluye coordinarse con otras dependencias del gobierno de la Ciudad de México, firmar acuerdos con instituciones públicas y privadas, y hasta comprar y repartir los paquetes de salud bucodental para los estudiantes. Además, debe crear un padrón o lista de los niños y niñas que reciben estos paquetes, y darles prioridad a los que viven o estudian en zonas con muy bajos recursos. También tiene que difundir la ley para que todos los residentes de la ciudad la conozcan. En resumen, esta secretaría se encarga de todo lo práctico para que el programa funcione.
- Art. 5La Secretaría va a pedir ayuda a la Subsecretaría de Participación Ciudadana para repartir los paquetes de Salud Bucodental. Esto significa que ambas oficinas trabajarán juntas para que los paquetes lleguen a la gente. Ellas se encargarán de hacer todo lo necesario para que la entrega se realice.
- Art. 6Si un servidor público (como un funcionario del gobierno) no cumple con lo que dice esta Ley o su Reglamento, le van a aplicar un castigo. Ese castigo puede ser una multa, una suspensión o algo similar, dependiendo de lo que marquen otras reglas. En pocas palabras, si no hacen bien su trabajo, se pueden meter en problemas.
- Art. 7Todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México que deben asegurarse de que se cumpla esta ley y su reglamento tienen la obligación de revisar que se esté aplicando correctamente. Si detectan que alguien no lo está cumpliendo, deben reportarlo a la Contraloría General y señalar quiénes son los responsables. En los artículos transitorios se indica que este reglamento se publicará en la Gaceta Oficial y empezará a aplicarse al día siguiente de su publicación. Además, el programa de Salud Bucal CDMX se pondrá en marcha según las reglas que defina la Secretaría de Salud a través de la Subsecretaría de Participación Ciudadana. Este documento fue firmado el 5 de septiembre de 2017 por el Jefe de Gobierno y varios secretarios.