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- Ley
- Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral
- Artículo
- 43
Artículo 43 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a los Servicios Médicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito Federal que Carecen de Seguridad Social Laboral
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La unidad encargada de los asuntos administrativos será la que consiga y reparta los recursos para hacer el trabajo. Lo hará según lo que realmente necesite la institución, no por capricho o favoritismos.
Texto oficial
Artículo 43.- La adquisición y distribución de los recursos para el cumplimiento de , se realizará por conducto de la unidad administrativa competente en , con apego a las necesidades institucionales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.