- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
- Artículo
- 16
Artículo 16 del Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno, con ayuda de asociaciones como fundaciones o grupos ciudadanos, creará cada año planes especiales para apoyar las actividades que ayudan a la comunidad, como proyectos contra la pobreza o a favor de la educación. Eso significa que no lo hará solo, sino tomando en cuenta lo que estas organizaciones proponen y necesitan. Básicamente, se compromete a trabajar junto a la gente para fortalecer el trabajo social.
Texto oficial
Artículo 16. La Administración Pública establecerá, con la participación activa de las organizaciones, programas anuales específicos de fomento a las actividades de desarrollo social realizadas por éstas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.