- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
- Artículo
- 28
Artículo 28 del Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno tiene la obligación de hacer públicas las convocatorias para elegir o renovar los consejos donde participan organizaciones, para que éstas puedan opinar y mandar sus propuestas. Quienes entren a estos consejos deben cumplir con lo que diga la ley, pero la Secretaría de Desarrollo Social debe asegurarse de que se tomen en cuenta tres cosas: que la organización tenga experiencia comprobada en trabajo social, que haya diversidad de ideas y formas de trabajar, y que sirva como puente para recoger las opiniones de otras organizaciones y compartir información. Además, todas las organizaciones que sean elegidas para estar en estos consejos deberán comprometerse a ser transparentes y a rendir cuentas sobre lo que hacen.
Texto oficial
Artículo 28. La Administración Pública estará obligada a publicitar los procesos para la integración o renovación de los consejos respectivos, con el propósito de que las organizaciones sean consultadas y realicen sus propuestas para la conformación de los mismos. Su incorporación y participación se regirá por lo que la normativa respectiva señale, pero en lo conducente la Secretaría promoverá en todas las instancias vinculadas con las materias de desarrollo social que para los procesos de integración y renovación de los consejos consultivos se realice bajo los siguientes criterios: I. Trayectoria, en el campo de desarrollo social a partir de la acreditación de su experiencia a lo largo de los años, como de la implementación de modelos exitosos de atención o desarrollo, como de su experiencia en temáticas específicas o de inserción comunitaria o territorial; II. Pluralidad, tanto de las opiniones como de los modelos de trabajo y atención; y III. Vinculación, con el propósito de recoger las propuestas de las organizaciones de la temática o del sector del cual provienen y difundir entre ellas la información y los debates generados en los consejos consultivos. Todas las organizaciones que resulten incorporadas o seleccionadas para integrar los consejos consultivos deben establecer el compromiso de transparencia y rendición de cuentas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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