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Ley
Reglamento de la Ley del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia en el Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento de la Ley del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Técnico va a tener un Secretario Técnico, que será como el encargado de ayudar con la organización y papeleo. Quien ocupe ese puesto lo va a elegir el Presidente o el Presidente Suplente, pero necesita que la mayoría de los miembros del Comité estén de acuerdo para que quede bien nombrado.

Texto oficial

ARTÍCULO 19. El Comité Técnico contará con un Secretario Técnico, mismo que será nombrado por el Presidente o Presidente Suplente, con aprobación de la mayoría de sus miembros.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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