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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
100

Artículo 100 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 100 dice que las reglas del artículo anterior tienen que incluir las leyes y trámites que ya existen para prevenir incendios. O sea, cuando se hagan esos lineamientos, deben seguir todo lo que ya está establecido en la ley sobre cómo evitar que un incendio comience o se propague. Esto aplica tanto a lo que dice la ley como a las reglas que ponen las autoridades. En corto, no se pueden hacer esas reglas sin tomar en cuenta la protección contra incendios que ya está vigente.

Texto oficial

Artículo 100.- Los lineamientos a que se refiere el artículo anterior, deberán contemplar las disposiciones jurídicas y administrativas que en materia de prevención de incendios sean aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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