- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 101
Artículo 101 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Academia de Bomberos debe tener salones, laboratorios, oficinas, canchas deportivas y áreas para prácticas de simulación para entrenar al personal. También necesita tener su propia estación de bomberos, que sirva tanto para dar clases como para atender emergencias, igual que cualquier otra estación del cuerpo de bomberos de la ciudad. Esto significa que los alumnos van a aprender en un lugar real donde también se atienden incendios o accidentes. Así, mientras estudian, pueden ver cómo funciona el servicio de emergencia de verdad.
Texto oficial
Artículo 101.- La Academia de Bomberos, además de contar con las aulas, laboratorios, oficinas, instalaciones deportivas y campos de práctica o simulación necesarios para la capacitación del personal, deberá contar con una Estación de Bomberos, que además de funcionar como instalación académica, preste los servicios de emergencia como cualquier otra estación del HCBDF.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.