- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 112
Artículo 112 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 112 dice que, para darte el "Visto Bueno" (que es como un permiso o autorización), van a revisar cuatro cosas: primero, que tengas medidas para prevenir incendios; segundo, que estés bien protegido contra los peligros del fuego; tercero, que tengas un plan para evacuar o resguardarte si hay una emergencia; y cuarto, cualquier otro requisito que pongan en los Lineamientos (que son las reglas oficiales para sacar ese permiso). En pocas palabras, es una lista de lo que debes cumplir para que te autoricen algo relacionado con seguridad contra incendios.
Texto oficial
Artículo 112.- El Visto Bueno considerará la evaluación de los siguientes rubros: I. La implementación de acciones, mecanismos y dispositivos contra el fuego; II. La protección adecuada contra peligros causados por el fuego; III. La determinación de acciones de evacuación y repliegue en caso de alguna contingencia; y, IV. Los demás que se señalen en los Lineamientos para su emisión. Articulo adicionado G.O.CDMX 25/09/24
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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