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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
23

Artículo 23 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 23 dice que las Estaciones y Subestaciones (como las bases de operación) tienen dos jefes diferentes. En el día a día de su trabajo operativo (cuando hacen funciones como atender emergencias o manejar equipos), deben seguir las órdenes del Director Operativo. Pero para cosas de oficina, como pagos, papeles o trámites, reciben apoyo de personas llamadas "enlaces administrativos", que son empleados que dependen de la Dirección Administrativa. En corto: un jefe para lo práctico y otro equipo para lo burocrático.

Texto oficial

Artículo 23.- Las Estaciones y Subestaciones están subordinadas en lo operativo al Director Operativo y en lo administrativo contarán con el apoyo a través de enlaces administrativos dependientes de la Dirección Administrativa.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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