- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 38
Artículo 38 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los bomberos de la Ciudad de México deben estar listos para atender cualquier emergencia en cualquier momento, sin importar si es de día o de noche, incluso los fines de semana y días festivos. Todo el personal tiene la obligación de presentarse rápido en su trabajo cuando su jefe se los pida, porque el servicio que dan es muy especializado. Esto significa que los bomberos siempre tienen que estar preparados para actuar al instante cuando ocurra un incendio, un accidente o cualquier situación de peligro. En pocas palabras, su trabajo es estar disponibles las 24 horas del día, los 365 días del año.
Texto oficial
Artículo 38.- El Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal tiene la obligación de brindar a los habitantes de la Ciudad de México, un servicio público de alta especialización, situación por la cual estará en alerta permanente las 24 horas del día, todos los días del año, por lo que todo el personal del HCBDF deberá estar en disposición para presentarse a la brevedad si así le requiere el mando superior, por necesidades del servicio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.