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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
49

Artículo 49 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un bombero es un trabajador del gobierno que se dedica a prevenir y apagar incendios, atender emergencias y controlar desastres. La ley dice que nunca, bajo ninguna situación, se puede usar a los bomberos para intimidar, detener o lastimar a la gente. Tampoco deben usarlos para atender problemas que no estén claramente señalados en la ley o en este reglamento. En pocas palabras, su chamba es solo proteger a la ciudadanía en emergencias, no para asustar o reprimir.

Texto oficial

Artículo 49.- El Bombero es el servidor público operativo cuyas funciones son la prevención, control, mitigación, extinción de incendios, emergencias y siniestros previstos en la Ley, quien bajo ninguna circunstancia podrá ser utilizado como elemento con funciones de disuasión o de coerción contra la ciudadanía y ataque de las contingencias que se encuentran reguladas y definidas en la Ley y en el presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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