- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 49
Artículo 49 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un bombero es un trabajador del gobierno que se dedica a prevenir y apagar incendios, atender emergencias y controlar desastres. La ley dice que nunca, bajo ninguna situación, se puede usar a los bomberos para intimidar, detener o lastimar a la gente. Tampoco deben usarlos para atender problemas que no estén claramente señalados en la ley o en este reglamento. En pocas palabras, su chamba es solo proteger a la ciudadanía en emergencias, no para asustar o reprimir.
Texto oficial
Artículo 49.- El Bombero es el servidor público operativo cuyas funciones son la prevención, control, mitigación, extinción de incendios, emergencias y siniestros previstos en la Ley, quien bajo ninguna circunstancia podrá ser utilizado como elemento con funciones de disuasión o de coerción contra la ciudadanía y ataque de las contingencias que se encuentran reguladas y definidas en la Ley y en el presente Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.