Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-heroico-cuerpo-bomberos-distrito-federal/50
Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
50

Artículo 50 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo clasifica a los bomberos en tres tipos según el trabajo que hacen. Los de **mando** son los jefes que toman decisiones, como Suboficial o Primer Superintendente. Los **supervisores** son los que vigilan que todo salga bien, y solo hay un puesto: Bombero Primero. Los **operativos** son los que apagan incendios y ayudan directamente, con nombres como Bombero, Bombero Segundo o Bombero Tercero.

Texto oficial

Artículo 50.- El bombero como servidor público se clasifica de acuerdo a sus funciones en: bombero operativo de mando, bombero operativo supervisor y bombero operativo. Los bomberos operativos de mando son los siguientes: Suboficial, Segundo Oficial, Primer Oficial, Subinspector, Segundo Inspector, Primer Inspector, Segundo Superintendente y Primer Superintendente, Los bomberos operativos supervisores son los siguientes: Bombero Primero. Los bomberos operativos son: Bombero Segundo, Bombero Tercero y Bombero.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.