- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 60
Artículo 60 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El personal administrativo del HCBDF son los empleados que trabajan en un puesto de oficina o trámites, y que fueron contratados con un nombramiento o un documento legal parecido. Es decir, no importa si le dicen "nombramiento" o "contrato", mientras sea un papel oficial que lo acredite. Este artículo solo aplica a quienes tienen un puesto administrativo, no a los que hacen otras labores como limpieza o atención directa.
Texto oficial
Artículo 60- Se considerará como personal administrativo a aquellos trabajadores del HCBDF a quienes se les designe en un puesto administrativo, mediante nombramiento o instrumento jurídico equivalente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.