- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 72
Artículo 72 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier persona que sea bombero puede recibir los premios o reconocimientos que menciona la ley, pero solo si cumple con los requisitos y pasa las pruebas que marca el Reglamento del Consejo. Esto significa que no es automático, tienes que ganártelo. Las reglas de cómo evaluarte las pone ese reglamento. Así que si cumples con todo, puedes acceder a esos beneficios.
Texto oficial
Artículo 72.- Todo bombero podrá ser sujeto a los estímulos señalados siempre y cuando cumpla con los requisitos y procesos de evaluación establecidos por el Reglamento del Consejo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.