- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 97
Artículo 97 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una subestación de bomberos es un lugar donde tienen el equipo básico para atender emergencias mientras llegan los bomberos de una estación más grande que está cerca. Sirve como un primer punto de respuesta rápida para que no esperes demasiado si hay un incendio o accidente. No tiene todos los recursos de una estación completa, pero sí lo necesario para empezar a controlar la situación. En pocas palabras, es como un puesto de avanzada para atender la emergencia más rápido.
Texto oficial
Artículo 97.- Las Subestaciones son las que cuentan con el equipo mínimo que permite hacer un primer frente a las emergencias en tanto llegan los servicios de las Estaciones ubicadas en los lugares cercanos a la emergencia o siniestro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.