- Ley
- Reglamento de la Ley de Huertos Urbanos de la Ciudad de México
- Artículo
- 23
Artículo 23 del Reglamento de la Ley de Huertos Urbanos de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) va a crear reglas para cuidar y usar los huertos urbanos. Esas reglas deben incluir temas como cómo regar, fertilizar, controlar plagas, hacer composta (abono natural), cosechar y guardar materiales. El artículo 24 dice que también van a emitir normas técnicas para instalar huertos, ya sean públicos o privados. Esas normas deben explicar cómo mantenerlos y tratarlos según las plantas, y las técnicas para producirlas. Los artículos transitorios indican que este reglamento se publica en la Gaceta Oficial (el periódico del gobierno) y entra en vigor al día siguiente. Firmaron la Jefa de Gobierno y varios secretarios el 13 de abril de 2023.
Texto oficial
Artículo 23. La Secretaría emitirá los lineamientos requeridos para el cuidado, mantenimiento y aprovechamiento de los huertos urbanos, los cuales deberán contener, al menos, los siguientes apartados: Consideraciones; Fundamento legal; Disposiciones generales; Objetivos; Definiciones; Riego; Fertilización; Control de plagas y enfermedades; Composteo; Cosecha; Manejo de residuos sólidos; Almacenamiento de materiales. Artículo. 24. La Secretaría emitirá las Normas Técnicas a fin de determinar los mejores procedimientos y tratamientos para instalar en huertos urbanos, ya sean públicos, privados o públicos al servicio de particulares; las cuales deberán contener al menos: Consideraciones; Fundamento legal; Disposiciones generales; Objetivos; Definiciones; Mantenimiento y tratamiento por especies; Técnicas de producción; Anexos. TRANSITORIOS PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Dado en la Ciudad de México, a los 13 días del mes de abril de 2023. LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO. - FIRMA. - EL SECRETARIO DE GOBIERNO, MARTÍ BATRES GUADARRAMA. - FIRMA. - EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, FADLALA AKABANI HNEIDE. - FIRMA. - EL SECRETARIO DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, RIGOBERTO SALGADO VÁZQUEZ. - FIRMA. -LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, MARINA ROBLES GARCÍA. - FIRMA. - EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ DÍAZ DE LEÓN. - FIRMA.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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