- Ley
- Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal
- Artículo
- 40
Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Interinstitucional (un grupo de distintas dependencias del gobierno) puede trabajar de dos maneras: como grupo completo (en pleno) o formando equipos más pequeños llamados comités, subcomisiones o grupos de trabajo. Esto lo hace para atender asuntos específicos que le corresponden, según lo que marca la ley. Cada uno de estos equipos será coordinado por un jefe de la dependencia que elijan en el momento de crearlo; se encargarán de temas concretos y durarán el tiempo que se acuerde en esa misma junta. En esos equipos pueden participar expertos invitados que no cobran (a título honorario), para dar su opinión especializada en el tema. El coordinador puede sugerir invitar a esos expertos, pero los demás miembros deben aprobarlo por mayoría de votos.
Texto oficial
Artículo 40.- La Comisión Interinstitucional podrá funcionar en pleno, o a través de la constitución de Comités, Subcomisiones y Grupos de Trabajo, a fin de atender y dar seguimiento a los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en la fracción XIII del artículo 11 de la Ley. Los comités, grupos de trabajo y las subcomisiones serán coordinados por el titular de la dependencia que se designe al momento de su creación, atenderán temas específicos y tendrán la duración que se determine en la misma sesión de su constitución. En los comités, grupos de trabajo y subcomisiones podrán participar expertos invitados, a título honorario, para tratar de manera especializada el tema objeto del grupo o subcomisión. El coordinador propondrá al grupo o subcomisión la invitación de expertos, para su aprobación por mayoría de votos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.