- Ley
- Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México
- Artículo
- 1
Artículo 1 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es de cumplimiento obligatorio para todos y busca beneficiar a la sociedad en general. Su objetivo es establecer las reglas sobre cómo funciona la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México, explicando qué puede hacer, cómo está organizada y cómo debe actuar en cada caso. Básicamente, es el manual que le dice a esta dependencia cómo hacer su trabajo para cuidar el medio ambiente y el orden en la ciudad.
Texto oficial
Artículo 1.- El presente ordenamiento es de orden público e interés social y tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México en cuanto a las atribuciones, estructura y procedimientos de esta Procuraduría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.