- Ley
- Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México
- Artículo
- 152
Artículo 152 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 152 dice que los empleados de la Procuraduría (una especie de oficina de gobierno que cuida el medio ambiente y el orden en la ciudad) serán elegidos y promovidos por méritos propios, siguiendo las reglas establecidas para el servicio público de carrera. Luego, los artículos transitorios (reglas temporales para aplicar la nueva ley) indican que este decreto (la nueva regla) se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y comenzará a aplicarse al día siguiente de esa publicación. También se cancela el reglamento anterior que había desde 2009 y cualquier otra regla que vaya en contra de esta nueva ley. Por último, si hay asuntos o trámites ya iniciados en la Procuraduría cuando entre en vigor este reglamento, se resolverán con las reglas que estaban vigentes cuando empezaron.
Texto oficial
Artículo 152.- El Servicio Público de Carrera en la Procuraduría será implementado de conformidad con la normatividad aplicable en la materia. TRANSITORIOS PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación. SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día tres de noviembre de dos mil nueve, y se derogan todas aquellas disposiciones de carácter administrativo que se opongan al presente ordenamiento reglamentario. TERCERO. La sustanciación y resolución de los asuntos que se encuentren en trámite en la Procuraduría al momento de entrar en vigor este Reglamento, se concluirán de conformidad con las disposiciones vigentes al momento de iniciarse los procedimientos respectivos. Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los doce días del mes de octubre de dos mil dieciocho.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, GUILLERMO OROZCO LORETO.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, TANYA MÜLLER GARCÍA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE FINANZAS, JULIETA GONZÁLEZ MÉNDEZ.- FIRMA.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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