- Ley
- Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 102
Artículo 102 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 102 dice que las personas que trabajan en el área ministerial (como los fiscales y sus equipos) deben tener la preparación necesaria para hacer su trabajo bien. Los puestos principales que necesitan esta capacitación son: el Oficial Secretario, el Agente del Ministerio Público, el Agente del Ministerio Público Supervisor y los Responsables de Agencia. En pocas palabras, la ley exige que estos funcionarios estén bien entrenados para cumplir con sus tareas clave.
Texto oficial
Artículo 102.- Los servidores públicos del área ministerial, deberán estar capacitados para desempeñar las funciones sustantivas, y comprenderá los cargos siguientes: I. Oficial Secretario; II. Agente del Ministerio Público; III. Agente del Ministerio Público Supervisor, y IV. Responsables de Agencia.
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