Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-organica-procuraduria-general-justicia-distrito-federal/112
Ley
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
112

Artículo 112 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice cómo se decide si un servidor público puede quedarse en su trabajo o subir de puesto. Se toman en cuenta cosas como su tiempo trabajando, si ha hecho bien su labor, los cursos que ha tomado y los resultados de sus exámenes. También importa que no haya recibido un castigo por una falta grave en los últimos cinco años y que no haya cometido un delito a propósito. Además, se revisa su historial laboral, administrativo y de estudios.

Texto oficial

Artículo 112.- Para la permanencia y promoción de los servidores públicos que pertenezcan al servicio profesional de carrera, se tomará en cuenta lo siguiente: I. La antigüedad y antecedentes en el servicio; II. Los méritos y eficiencia demostrados en el desempeño de su cargo; III. Los cursos de actualización y especialización y los resultados obtenidos en los mismos; IV. La acreditación de los cursos de profesionalización que determine el Instituto de Formación Profesional; V. Los resultados obtenidos en las evaluaciones que se practiquen; VI. El cumplimiento de las órdenes de rotación de personal; VII. La aprobación de los procesos de control de confianza; VIII. No haber sido sancionado administrativamente por conducta grave en un período de cinco años anteriores a la solicitud de promoción o al momento de la evaluación para la permanencia. Para el caso de permanencia, no haber sido sancionado por la comisión de un delito doloso, y IX. Los demás antecedentes laborales, administrativos y académicos. REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 67) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.