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Ley
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
111

Artículo 111 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en la Procuraduría como servidor público de carrera (es decir, como empleado de planta que entró por concurso), tienes que cumplir con todos los requisitos que marca la ley para hacer tu trabajo. Además, debes presentarte a las evaluaciones que te pidan y aprobar los cursos de capacitación que la propia Procuraduría establezca en sus programas.

Texto oficial

Artículo 111.- Los servidores públicos de carrera deberán satisfacer los requisitos que para el desempeño de su empleo, cargo o comisión exijan los preceptos legales aplicables, así como participar en los procesos de evaluación que se convoquen y aprobar los cursos conforme a los programas que la Procuraduría determine

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 67) ↗

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