- Ley
- Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 62
Artículo 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Subprocuraduría de Procesos va a estar a cargo de supervisar y dirigir varias fiscalías y direcciones, como si fuera su jefa. Entre estas están las fiscalías que se encargan de los juicios penales en distintas zonas (Norte, Oriente y Sur), las de juzgados de paz penal, civiles y familiares, además de una para mandamientos judiciales y otra especializada en extinción de dominio (que es cuando el gobierno te quita propiedades por actividades ilegales). También supervisa la Dirección de Consignaciones (que maneja el envío de casos a los juzgados) y la Dirección de Procesos en Salas Penales. En pocas palabras, esta Subprocuraduría coordina todo el trabajo legal que se hace en esas áreas.
Texto oficial
Artículo 62.- La Subprocuraduría de Procesos, tendrá bajo su supervisión y dirección las fiscalías, y la Dirección que a continuación se mencionan: I Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Norte; II Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Oriente; III Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Sur; IV Fiscalía de Procesos en Juzgados de Paz Penal; V Fiscalía de Procesos en Juzgados Civiles; VI Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares; VII Fiscalía de Mandamientos Judiciales; VIII Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio; IX Dirección de Consignaciones, y X Dirección de Procesos en Salas Penales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.