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Ley
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
62

Artículo 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subprocuraduría de Procesos va a estar a cargo de supervisar y dirigir varias fiscalías y direcciones, como si fuera su jefa. Entre estas están las fiscalías que se encargan de los juicios penales en distintas zonas (Norte, Oriente y Sur), las de juzgados de paz penal, civiles y familiares, además de una para mandamientos judiciales y otra especializada en extinción de dominio (que es cuando el gobierno te quita propiedades por actividades ilegales). También supervisa la Dirección de Consignaciones (que maneja el envío de casos a los juzgados) y la Dirección de Procesos en Salas Penales. En pocas palabras, esta Subprocuraduría coordina todo el trabajo legal que se hace en esas áreas.

Texto oficial

Artículo 62.- La Subprocuraduría de Procesos, tendrá bajo su supervisión y dirección las fiscalías, y la Dirección que a continuación se mencionan: I Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Norte; II Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Oriente; III Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Sur; IV Fiscalía de Procesos en Juzgados de Paz Penal; V Fiscalía de Procesos en Juzgados Civiles; VI Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares; VII Fiscalía de Mandamientos Judiciales; VIII Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio; IX Dirección de Consignaciones, y X Dirección de Procesos en Salas Penales.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 38) ↗

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