- Ley
- Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 95
Artículo 95 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité de Profesionalización Académico es un grupo de personas que se encarga de varias tareas importantes para la educación. Por ejemplo, revisa y da el visto bueno a los planes de estudio y decide cómo se pueden titular o graduar los alumnos. También se encarga de anunciar las convocatorias para contratar o ascender a maestros, y autoriza los temas de investigación que se pueden hacer en el área de justicia penal. Además, resuelve problemas como quejas de alumnos contra maestros o incumplimiento de reglas escolares, y puede poner castigos a los estudiantes si no siguen las normas.
Texto oficial
Artículo 95.- El Comité de Profesionalización Académico tendrá las atribuciones siguientes: I. Validar los planes y programas de estudios y sus actualizaciones; II. Definir mecanismos, procedimientos y modalidades de titulación y obtención de grado, de conformidad con la normatividad aplicable y realizar las acciones para su implementación; III. Proponer y difundir las convocatorias de ingreso y promoción del personal sustantivo; IV. Autorizar las líneas de investigación en el campo de las ciencias penales y la política criminal, aplicables a la procuración de justicia; V. Autorizar el Programa Anual de Capacitación y Profesionalización del Personal Sustantivo; VI. Evaluar el desempeño académico de los profesores del Instituto; VII. Conocer y resolver los casos específicos que impliquen incumplimiento a las normas escolares; VIII. Resolver la problemática que se presente con motivo de la interpretación de las convocatorias correspondientes; IX. Conocer y resolver de las quejas que presenten los alumnos con motivo del desempeño académico de los profesores; X. Imponer a los alumnos las medidas disciplinarias establecidas en las normas escolares, con motivo de su incumplimiento; XI. Aprobar las normas escolares que rijan la vida académica del Instituto, que proponga el Coordinador General, previa opinión de la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal, y REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES XII. Validar los criterios y montos propuestos por el Coordinador General del Instituto de Formación Profesional, para el otorgamiento de becas, respecto de las distintas actividades académicas que realiza el Instituto y remitirlos para su autorización al Comité de Profesionalización de la Procuraduría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.