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Ley
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
97

Artículo 97 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Editorial tiene juntas normales cada tres meses, pero también puede reunirse de emergencia cuando sea necesario. Solo el Presidente del Comité puede llamar a estas juntas, tanto las ordinarias como las extraordinarias. Esto significa que si surge un asunto urgente, el Presidente puede convocar a una reunión antes de los tres meses.

Texto oficial

Artículo 97.- El Comité Editorial se reunirá de manera ordinaria cada tres meses y de manera extraordinaria cuando así se requiera, a convocatoria de su Presidente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 65) ↗

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