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Ley
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
98

Artículo 98 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Editorial es como el grupo que decide si algo se publica o no. Cuando alguien quiere publicar un texto, este comité lo recibe, lo revisa a fondo, lo analiza bien y luego da su veredicto oficial, ya sea para aprobarlo o rechazarlo. Es como cuando le pides permiso a un jefe para compartir algo importante, él lo estudia y te dice si está bien o no. Eso es todo lo que dice este artículo, no hay más reglas aquí.

Texto oficial

Artículo 98.- El Comité Editorial, recibirá las propuestas de publicación y previo análisis y estudio de las mismas, emitirá el dictamen correspondiente. CAPÍTULO XVIII DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE POLÍTICAS ADMINISTRATIVAS DE PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 65) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.