- Ley
- Reglamento de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas del Delito en Materia de Trata de Personas del Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento de la Ley para la Protección, Atención y Asistencia a las Víctimas del Delito en Materia de Trata de Personas del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para cumplir con lo que dice la ley, un grupo de instituciones va a hacer un estudio llamado "Diagnóstico" para conocer cómo está la situación en la Ciudad de México respecto a los delitos de trata de personas. Ese estudio tomará en cuenta cosas como qué tan vulnerable es la población, cuántas víctimas han recibido ayuda, los casos que se han denunciado, qué tan seguido ocurren estos delitos, información de estudios internacionales y dónde han sucedido los hechos. Con base en ese Diagnóstico, se van a crear planes, acciones y formas de trabajar para prevenir, castigar y acabar con la trata de personas, además de proteger y ayudar a las víctimas de estos delitos.
Texto oficial
Artículo 21. A efecto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 29 fracción I de la Ley, la Comisión Interinstitucional elaborará el Diagnóstico que tendrá aplicación para conocer la situación que prevalece en el Distrito Federal en materia de los delitos en previstos en la Ley General, el cual tomará como referencia o punto de partida, lo previsto en el artículo 92 de la Ley General y, además, de manera enunciativa mas no limitativa, el índice de vulnerabilidad en la población, la cantidad de víctimas atendidas por haber sufrido cualquiera de los delitos previstos en la Ley General, el análisis de los casos denunciados, la frecuencia delictiva, consulta de información con los estudios realizados por organizaciones y organismos internacionales y la georreferenciación. A través del Diagnóstico señalado en el párrafo anterior, se generarán las estrategias, líneas de acción, mecanismos, criterios de vinculación y todas aquellas acciones necesarias para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.