- Ley
- Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 14 dice que todos los planes y programas que haga el gobierno sobre el Seguro tienen que seguir las reglas que marca la Ley, este Reglamento y otras normas de planeación, programación y presupuesto. En otras palabras, el gobierno no puede inventar sus propios proyectos, sino que debe cumplir con lo que ya está establecido. Esto aplica a cualquier plan relacionado con el Seguro que maneje la Administración Pública.
Texto oficial
Artículo 14.- Los Planes y Programas de la Administración Pública en materia del Seguro deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y en las disposiciones aplicables en materia de programación, planeación y presupuesto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.