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Ley
Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 13 dice que el Comité Técnico (un grupo de expertos) tiene tres tareas principales: primero, discutir y revisar cómo va funcionando el Programa de Seguro, viendo sus resultados; segundo, proponer cambios o mejoras al Seguro si hace falta; y tercero, hacer cualquier otra cosa que este Reglamento le pida. En pocas palabras, este comité se encarga de analizar el seguro y sugerir cómo mejorarlo.

Texto oficial

Artículo 13.- Corresponde al Comité Técnico: I. Deliberar, analizar y evaluar la aplicación, desarrollo y resultados del Programa de Seguro; II. Sugerir ajustes y modificaciones al Seguro; y, III. Las demás que les confiera este Reglamento; CAPÍTULO TERCERO DEL SEGURO

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal (pág. 1) ↗

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