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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-proteccion-fomento-empleo-distrito-federal/19
Ley
Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Técnico es un grupo de personas que se reúnen para revisar cómo va funcionando el Seguro de Desempleo (o programas parecidos). Su trabajo es analizar los resultados y proponer cambios si hace falta mejorar algo. No toman decisiones finales, solo dan sugerencias. Es como un equipo de expertos que opina sobre lo que debería ajustarse.

Texto oficial

Artículo 19.- El Comité Técnico es un órgano deliberativo que se encargará de analizar y valorar la evolución e instrumentación del Programa del Seguro de Desempleo u otros similares, sugiriendo los ajustes y modificaciones que considere necesarios.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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