- Ley
- Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
- Artículo
- 28
Artículo 28 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Finanzas tiene la facultad de decidir cómo proteger los ingresos del gobierno, siguiendo las reglas del Código Financiero y la Ley de Ingresos de la Ciudad de México. Esto quiere decir que ellos pueden elegir qué métodos usar para que se cumpla lo que dicen la Ley y su Reglamento. Por ejemplo, pueden establecer medidas para asegurarse de que pagues impuestos correctamente.
Texto oficial
Artículo 28.- La Secretaría de Finanzas podrá determinar conforme al Código Financiero del Distrito Federal y de la Ley de Ingresos del Distrito Federal, el método o los métodos de protección mediante los cuales se propone dar efecto a las disposiciones de la Ley y del Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.