- Ley
- Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
- Artículo
- 49
Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las estaciones de transferencia son lugares donde se junta la basura antes de llevarla a su destino final. La ley dice que ahí los residuos sólidos no pueden quedarse más de 24 horas seguidas. Esto es para evitar malos olores, contaminación o plagas. Pasado ese tiempo, la basura debe ser movida a otro lugar para su tratamiento o disposición final.
Texto oficial
Artículo 49. El tiempo de permanencia máximo de los residuos sólidos en las estaciones de transferencia será de 24 horas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.