- Ley
- Reglamento de la Ley para la Retribución por la Protección de los Servicios Ambientales del Suelo de Conservación del Distrito Federal
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de la Ley para la Retribución por la Protección de los Servicios Ambientales del Suelo de Conservación del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los programas que menciona la ley anterior deben enfocarse en seis temas clave. Se trata de cuidar la naturaleza, como restaurar bosques o ríos y proteger a los animales y plantas. También incluye rescatar y mantener cultivos tradicionales, como el maíz nativo, y las chinampas, que son esos huertos flotantes típicos de Xochimilco. Además, se habla de fomentar la agricultura orgánica (sin químicos dañinos) y un turismo manejado por las propias comunidades, no por grandes empresas.
Texto oficial
Artículo 6º.- Los programas a que se refiere el artículo anterior atenderán los siguientes temas: I. Conservación y restauración de los ecosistemas; II. Conservación y protección de la biodiversidad; III. Rescate y preservación de cultivos tradicionales; IV. Rescate y preservación de chinampas; V. Producción de agricultura orgánica; y VI. Turismo comunitario alternativo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.