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Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de salud van a investigar la denuncia que hiciste, haciendo lo necesario para verificar si lo que reportaste es cierto. Pero, durante ese proceso, tienen que asegurarse de que no te afecten ni te causen problemas por haber denunciado. En otras palabras, no te pueden perjudicar por haber levantado la voz. Esto es para protegerte a ti, que eres quien avisó de alguna situación.

Texto oficial

Artículo 11.- Las autoridades sanitarias correspondientes, efectuarán las diligencias que crean necesarias para comprobar la información de la denuncia, cuidando que por este hecho, no se generen perjuicios al denunciante.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.