- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 175
Artículo 175 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud tiene la facultad de crear las reglas técnicas que se deben seguir para dar los servicios básicos de planificación familiar. Eso significa que ellos deciden cómo se deben dar estos servicios de salud sexual y reproductiva, siempre buscando que funcionen bien y sean seguros. Estas reglas aplican en todo el país para que la atención sea pareja. Entonces, si vas a una clínica pública a pedir información sobre métodos anticonceptivos, ellos siguen estas instrucciones técnicas.
Texto oficial
Artículo 175.-Corresponde a la Secretaría dictar los Lineamientos Técnicos, para la prestación de los servicios básicos de salud en la materia de planificación familiar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.