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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/249
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
249

Artículo 249 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres doctor, enfermera o trabajas en algo relacionado con la salud, tienes la obligación de reportar a las autoridades de salud los casos de enfermedades que se contagian fácilmente. Debes dar el aviso apenas tengas la sospecha o el diagnóstico confirmado. Esto aplica para que puedan tomar medidas y evitar que más personas se enfermen.

Texto oficial

Artículo 249.- Las personas que ejerzan la medicina o que realicen actividades afines, están obligadas a dar aviso a las autoridades sanitarias de los casos de enfermedades transmisibles; posteriores a su diagnóstico o sospecha diagnóstica.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.