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Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
258

Artículo 258 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo define varios términos clave relacionados con las drogas o sustancias psicoactivas. Te explica que la adicción es cuando tu cuerpo y mente te piden a gritos una sustancia y te sientes mal si no la consumes. También define qué es una persona adicta, los síntomas de la abstinencia (lo que sientes cuando dejas de consumir) y los diferentes tipos de consumo, como el uso perjudicial que daña tu salud. Finalmente, aclara qué son los factores de riesgo, la intoxicación, y los conceptos de prevención, rehabilitación y tratamiento para ayudar a quienes tienen este problema.

Texto oficial

Artículo 258.- Para efectos del presente capítulo, se entiende por: I. Adicción o dependencia: Conjunto de fenómenos fisiológicos y del comportamiento, que se presentan debido al consumo repetido de una sustancia psicoactiva, que se caracteriza por un impulso irreprimible por tomar dicha sustancia, a fin de experimentar sus efectos psíquicos y evitar el malestar producido por la abstinencia; II. Adicto o farmacodependiente: Persona con dependencia a una o más sustancias psicoactivas; III. Abstinencia: Conjunto de reacciones físicas y psíquicas, que ocurren cuando una persona con adicción a una sustancia, deja de consumirla; IV. Consumo de sustancias psicoactivas: Rubro genérico que agrupa diversos patrones de uso y abuso de éstas sustancias, ya sean medicamentos o tóxicos naturales, químicos o sintéticos; V. Consumo perjudicial, uso nocivo o abuso de sustancias psicoactivas: Patrón de consumo que afecta la salud física o mental del adicto; VI. Factor de riesgo: Atributo o exposición de una persona o población, que están asociados a una probabilidad mayor del uso y abuso de sustancias psicoactivas; VII. Intoxicación: Estado posterior a la administración de una sustancia psicoactiva, que da lugar a perturbaciones en el nivel de la conciencia, lo cognoscitivo, la percepción, la afectividad, el comportamiento, o en otras funciones y respuestas psico-fisiológicas; VIII. Prevención: Conjunto de acciones dirigidas a evitar o reducir el consumo de sustancias psicoactivas, disminuir situaciones de riesgo y limitar los daños asociados al uso de dichas sustancias; IX. Rehabilitación: Proceso por el cual un individuo con un trastorno de uso de sustancias psicoactivas alcanza un estado óptimo de salud, funcionamiento psicológico y bienestar social; X. Síndrome de dependencia: Conjunto de signos y síntomas de orden cognoscitivo, conductual y fisiológico, que evidencian la pérdida de control de la persona derivado del consumo habitual de las sustancias psicoactivas; XI. Tratamiento: Conjunto de acciones que tienen por objeto conseguir la abstinencia y la reducción del consumo de las sustancias psicoactivas, para reducir los riesgos y daños ocasionados por el uso y abuso de dichas sustancias, e incrementar el grado de bienestar físico, mental y social del adicto y su familia.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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