- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 275
Artículo 275 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo puedes donar tu cuerpo o partes de él de manera voluntaria. Tienes que hacerlo por escrito y puedes donar todo tu cuerpo o solo algunas partes específicas, como órganos o tejidos. Además, puedes decidir a quién se los donas, por ejemplo, a personas en concreto o a instituciones. También puedes poner condiciones, como el lugar, la fecha o cualquier otra cosa que se te ocurra. Si tú no puedes expresar tu voluntad (por ejemplo, por estar inconsciente), tus familiares o las personas autorizadas pueden decidir por ti. Pero si eres mayor de edad y estás en tus cabales, nadie más puede cancelar tu donación, aunque tú sí puedes cambiar de opinión en cualquier momento. En el caso de la sangre, sus componentes y las células de la médula ósea, se aplican reglas especiales que establece la Secretaría de Salud.
Texto oficial
Artículo 275.- La donación expresa constará por escrito y podrá ser amplia cuando se refiera a la disposición total del cuerpo o limitada cuando sólo se otorgue respecto de determinados componentes. En la donación expresa podrá señalarse que ésta se hace a favor de determinadas personas o instituciones. También podrá expresar el donante las circunstancias de modo, lugar y tiempo y cualquier otra que condicione la donación. Los disponentes secundarios, podrán otorgar el consentimiento a que se refieren los párrafos anteriores, cuando el donante no pueda manifestar su voluntad al respecto. La donación expresa, cuando corresponda a mayores de edad con capacidad jurídica, no podrá ser revocada por terceros, pero el donante podrá revocar su consentimiento en cualquier momento, sin responsabilidad de su parte. En el caso de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas, se estará a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas que al efecto emita la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.