- Ley
- Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
- Artículo
- 335
Artículo 335 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El personal técnico, como enfermeros o laboratoristas, debe cumplir con los requisitos que ponga la Secretaría de Educación Pública, como tener ciertos estudios o certificados. Además, pueden trabajar bajo "responsiva médica", que significa que un doctor firma y se hace responsable de lo que ellos hacen. Así, el técnico puede realizar algunas tareas médicas siempre y cuando un médico esté al pendiente. Esto aplica en clínicas, hospitales o consultorios donde haya supervisión de un profesional de la salud.
Texto oficial
Artículo 335.- El personal técnico deberá cumplir con los requisitos que al efecto establezca la Secretaría de Educación Pública y también podrá ejercer bajo responsiva médica.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.