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Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los hospitales y clínicas deben decirte cómo puedes hacer quejas o sugerencias sobre la atención médica que recibes. Si un doctor, enfermera o cualquier trabajador (del gobierno o privado) no es honesto, profesional o trata mal a los pacientes, también puedes reportarlo. Ellos mismos te van a explicar los pasos a seguir para presentar tu queja.

Texto oficial

Artículo 8.- Las instituciones de salud, señalarán los procedimientos para que los usuarios de los servicios de atención médica, presenten sus reclamaciones y sugerencias, respecto de la prestación de los mismos y en relación a la falta de probidad, en su caso, de los servidores públicos o privados.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.