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Ley
Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este reglamento es una ley que aplica para toda la Ciudad de México y todas las personas deben cumplirla. Su objetivo es definir los pasos a seguir para liquidar (es decir, vender o repartir) los bienes y recursos que tenían los partidos políticos cuando pierden su registro. Esto pasa cuando el Instituto Electoral de la Ciudad de México les quita su permiso para funcionar como partido. Todo este proceso se hace para proteger el interés de la ciudadanía y los derechos de otras personas que tengan relación con esos bienes.

Texto oficial

Artículo 1. Objeto del Reglamento. El presente Reglamento es de orden público, de observancia general y obligatoria en la Ciudad de México y tiene por objeto establecer el procedimiento de liquidación del patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México, derivado de la pérdida o cancelación de su registro ante el Instituto Electoral de la Ciudad de México. El procedimiento de liquidación tendrá la finalidad de preservar el interés público y los derechos de terceros.

Ver texto oficial del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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