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Ley
Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo te pueden avisar de algo importante (una notificación) en asuntos electorales. Hay tres formas: **personalmente**, que es cuando te buscan para entregarte el documento directamente (esto siempre se hace si te piden algo a ti como responsable de un partido político). Si no te pueden encontrar, la notificación se hace **por estrados**, que significa que pegan el aviso en un lugar público del Instituto Electoral por 72 horas para que tú lo veas. Por último, si el aviso es para una autoridad o institución, se envía **por oficio**, que es un documento formal escrito.

Texto oficial

Artículo 10. Tipos de notificaciones. Las notificaciones, según se requiera para la eficacia del acto a notificar, se podrán hacer: I. Personal, cuando así se determine, pero en todo caso, lo serán las siguientes: a. Los requerimientos realizados a la o el Responsable o el o la Representante de la Asociación Política. b. Los acuerdos o determinaciones de los procedimientos regulados por este ordenamiento. II. Por estrados, cuando no sea posible notificar personalmente a la/el interesada/do, atendiendo a lo establecido en el artículo 11, incisos e. y f. del presente Reglamento. La notificación por estrados se llevará a cabo en el lugar establecido para tal efecto por el Instituto Electoral, debiendo fijarse el acto, documento o resolución respectiva por un plazo de setenta y dos horas, mediante razones de fijación y retiro. Para que la notificación por estrados tenga validez y eficacia, es necesario que en el lugar destinado para la práctica de dicha diligencia se fije copia o se transcriba el acto, documento o resolución a notificarse. III. Por oficio, será la vía por la cual se realizarán todas las notificaciones que sean dirigidas a una autoridad.

Ver texto oficial del Reglamento para la Liquidación del Patrimonio de las Asociaciones Políticas de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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