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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
40

Artículo 40 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres trabajador del Tribunal y no puedes ir a trabajar por enfermedad, debes avisarle a tu jefe directo el mismo día. También tienes que reportarte si llegas tarde o te vas antes del horario. Para justificar estas faltas, puedes presentar los documentos que pide el reglamento o el proceso que decida el Pleno del Tribunal.

Texto oficial

Artículo 40. Las personas servidoras del Tribunal que por enfermedad no asistan a sus labores, deberán avisar a su superior/a jerárquico/a directo/a el mismo día, asimismo si llega después de la hora de inicio o se retira antes de la hora de conclusión de la jornada. En ambos supuestos, podrá justificar sus incidencias mediante los documentos que al efecto se señalen en este Reglamento o en el procedimiento administrativo que determine el Pleno.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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