- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 41
Artículo 41 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El día que vuelvas a trabajar después de una falta, debes entregar los papeles originales del ISSSTE que justifiquen tu ausencia a tu jefe directo. Tu jefe tiene tres días hábiles para mandar esos documentos a la Secretaría, acompañados de un oficio. Los justificantes deben tener firmas y sellos, y la Secretaría puede pedir información al ISSSTE para verificarlos. Si tu incapacidad es por menos de tres días, tu jefe puede aceptar un justificante de un doctor particular o de otra institución, siempre que tenga tus datos, la cédula profesional del médico, su firma, dirección y teléfono.
Texto oficial
Artículo 41. El mismo día en que se reincorporen a sus labores, las personas servidoras del Tribunal deberán proporcionar a la o al titular del órgano o área los originales de los justificantes del ISSSTE. La o el titular del órgano o área, deberá remitir los justificantes a la Secretaría, mediante oficio, dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir del día en que la persona servidora los haya proporcionado. Los justificantes deberán estar debidamente requisitados con las firmas y sellos correspondientes. La Secretaría, por conducto del área competente, podrá solicitar información sobre éstos a la delegación de zona del ISSSTE respectiva o, en su caso, a quienes hubieran expedido constancias de incapacidad. Queda a responsabilidad de la o el titular del órgano o área, aceptar que la incidencia a justificar por enfermedad sea mediante constancia médica expedida por un/a profesional en la materia de carácter privado o de cualquier otra institución distinta al ISSSTE, siempre y cuando sea menor a tres días y se expresen los datos relativos a la identidad de quien prestó el servicio médico o institución, cédula profesional, firma autógrafa, domicilio y teléfono.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.