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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
72

Artículo 72 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las personas que trabajan en el Tribunal están obligadas a seguir las reglas de limpieza, prevención de accidentes y salud que dicte el propio Tribunal, siempre basándose en lo que indiquen las autoridades de protección civil. Esto aplica para cualquier empleado, sin excepción. La idea es que se mantenga un ambiente seguro y sano para todos en el trabajo.

Texto oficial

Artículo 72. Las personas servidoras del Tribunal deberán someterse a todas las medidas de higiene y seguridad que prescriba este órgano jurisdiccional, en cumplimiento de las indicaciones que señalen las autoridades de protección civil.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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