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Ley
Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas de esta ley son obligatorias para todas las personas y autoridades, porque son de interés público. Su objetivo es organizar cómo va a funcionar por dentro el grupo encargado de vigilar y evaluar el programa de derechos humanos de la Ciudad de México. En otras palabras, establece las bases para que ese mecanismo opere de manera clara y ordenada.

Texto oficial

Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en este ordenamiento son de orden público y tienen por objeto regular la estructura y funcionamiento interno del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación establecido en la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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