- Ley
- Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Ejecutiva tiene que hacer su trabajo de forma clara y abierta, sin dejarse influir por nadie, usando métodos técnicos bien hechos y siempre pensando en respetar y proteger los derechos de las personas. Esto significa que no puede ocultar información ni favorecer a grupos o intereses particulares. Además, cualquier decisión que tome debe basarse en datos y conocimientos confiables, no en ocurrencias. En pocas palabras, es como si le pidieran a alguien que maneje un asunto público con honestidad, echándole ganas y sin sacar ventaja de nadie.
Texto oficial
Artículo 19.La Secretaría Ejecutiva desarrollará sus actividades bajo los principios de transparencia, independencia, rigurosidad técnicas y con enfoque de derechos humanos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.