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Ley
Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Ejecutiva tiene que hacer su trabajo de forma clara y abierta, sin dejarse influir por nadie, usando métodos técnicos bien hechos y siempre pensando en respetar y proteger los derechos de las personas. Esto significa que no puede ocultar información ni favorecer a grupos o intereses particulares. Además, cualquier decisión que tome debe basarse en datos y conocimientos confiables, no en ocurrencias. En pocas palabras, es como si le pidieran a alguien que maneje un asunto público con honestidad, echándole ganas y sin sacar ventaja de nadie.

Texto oficial

Artículo 19.La Secretaría Ejecutiva desarrollará sus actividades bajo los principios de transparencia, independencia, rigurosidad técnicas y con enfoque de derechos humanos.

Ver texto oficial del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.